Convocatoria Fomento 2026
Para la convocatoria 2026 la DPR ha priorizado las siguientes líneas estratégicas para la formulación de
proyectos comunitarios:
- Reincorporación social.
- Reincorporación comunitaria.
- Reincorporación política.
Los proyectos que se presenten en 2026 deberán dar cumplimiento a mínimo 1 y máximo 5 acciones PRI
priorizadas para esta vigencia:
Anexo 1 Acciones PRI Fomento 2026
.
Dicha acción o acciones deben estar a su vez inscritas en los Planes de Reincorporación Individual de las
PPR que aparezcan relacionadas en la lista de integrantes de su proyecto.
PUEDEN PARTICIPAR:
- Los sujetos individuales en proceso de reincorporación.
- Los sujetos colectivos en proceso de reincorporación constituidos jurídicamente.
- Los colectivos y las organizaciones sociales, comunitarias, productivas ambientales o con enfoques
diferenciales constituidas jurídicamente que se encuentren desarrollando procesos o proyectos
comunitarios que contribuyan de forma evidente y explícita con el proceso de reincorporación integral en
los territorios y que dentro de su propuesta incluyan la participación activa y voluntaria de personas
en proceso de reincorporación.
TENGA EN CUENTA QUE
- Pueden postularse organizaciones que se hayan presentado en vigencias anteriores de la convocatoria y
que no hayan resultado ganadores.
- Los proyectos que obtuvieron 60 o más puntos en la convocatoria de Fomento anterior y presentan ese
mismo proyecto mejorado tendrán 5 puntos de ventaja.
- Pueden postularse organizaciones o personas que hayan ganado previamente el fomento siempre y cuando
presenten un proyecto diferente o en una fase o territorio distinto, y que aporten al cumplimiento de
otras acciones PRI que no hayan sido ya financiadas previamente.
NO PUEDEN PARTICIPAR:
a. En relación con los proyectos no pueden postularse:
- Proyectos que hayan sido financiadas a través de la Estrategia de Sostenibilidad Económica de la ARN.
- Iniciativas que hayan sido financiadas por el Fondo Emprender en el marco de la Convocatoria Pública
prevista en la adhesión No. 006 al Contrato Interadministrativo No. CO1.PCCNTR. 6460650 de 2024.
- Proyectos financiados con anterioridad con recursos de la Estrategia de Fomento.
- Proyectos que incluyan rubros previamente financiados con recursos de la ARN.
- Proyectos que no cuenten con personas en proceso de reincorporación en roles activos en la ejecución del
proyecto.
- Proyectos que no tengan relacionadas en el proyecto las acciones PRI priorizadas para la vigencia.
b. En relación con los beneficiarios no pueden postularse:
- Cuando las personas en proceso de reincorporación presenten antecedentes penales, disciplinarios o
fiscales por delitos cometidos con posterioridad a la firma del Acuerdo Final para la Terminación del
Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
- Cuando las personas que no hacen parte del proceso de reincorporación presenten antecedentes
disciplinarios o fiscales.
- Cuando las PPR no están activas en el proceso de reincorporación.
- Cuando las personas u organizaciones no recibieron el certificado de cumplimiento de fomento en una
convocatoria anterior.
- Cuando las personas pretendan recibir honorarios en más de un proyecto de fomento por vigencia.
El resto del cronograma de la convocatoria se encuentra en el documento de términos de referencia de la
convocatoria.
Tenga en cuenta que la fecha de implementación será de máximo cuatro (4) meses contados a partir del
recibido del desembolso.
Categoría A: proyectos comunitarios presentados por colectivos en proceso de reincorporación u
organizaciones comunitarias constituidas jurídicamente que cuenten con personas en proceso de
reincorporación con roles activos. Se financiarán hasta ciento cinco salarios mínimos legales
mensuales vigentes (105 SMMLV, ciento ochenta y tres millones ochocientos cuarenta y cinco mil veinticinco
pesos colombianos ($183.845.025 para el 2026).
Categoría B: proyectos presentados de manera individual por sujetos en proceso de reincorporación
que reflejen claramente su aporte comunitario. Se financiarán hasta treinta y cinco salarios mínimos
legales mensuales vigentes (35 SMMLV, sesenta y un millones doscientos ochenta y un mil seiscientos setenta
y cinco pesos colombianos ($61.281.675 para el 2026).
Se debe tener en cuenta que este es el monto límite reconocido y que no se realizan adiciones
presupuestales.
Al momento del desembolso, al valor contemplado en la propuesta técnica se le aplicarán los descuentos de
ley, es decir, los pagos correspondientes de seguridad social para personas naturales y las retenciones a
que haya lugar, que dependerán del régimen tributario de las personas u organizaciones ganadoras.
Lea atentamente los términos de referencia, revise el anexo 1 de acciones PRI fomento 2026, elija muy bien
la acción a la que le apuntará su proyecto verificando que tenga relación directa y coherente con su
proyecto, y que dicha acción o dichas acciones estén inscritas en los planes individuales de reincorporación
de las PPR activas en sus proyectos. Formule objetivos alcanzables y medibles a través de indicadores,
revise los gastos permitidos y no permitidos para elaborar su presupuesto, elabore un cronograma detallado y
realista. En la siguiente lista de reproducción de vídeos de Youtube encuentra algunas indicaciones que
pueden ayudarle a la formulación de sus proyectos:
Para pasar al siguiente video haga click en la flecha hacia adelante.
La ARN cuenta con un Comité Técnico Evaluador que realizará la revisión, análisis y calificación de las
iniciativas y proyectos de acuerdo con:
-
Tres (3) criterios técnicos para la puntuación:
Viabilidad técnica y financiera, resultado esperado, sostenibilidad.
-
Tres (3) criterios adicionales sobre la iniciativa o proyecto:
- Proyecto presentado previamente a otra convocatoria de fomento que no haya resultado ganador y
haya obtenido más de 60 puntos
- Número de personas en proceso de reincorporación que participan activamente en el proyecto (solo
colectivos)
- Conformación poblacional (enfoques diferenciales)
La máxima puntuación será de 100 puntos y serán consideradas como “seleccionadas” las iniciativas o
proyectos sociales y comunitarios que obtengan un puntaje mínimo de sesenta (60) puntos. A partir de allí
las iniciativas se organizarán por puntaje de mayor a menor y en caso de empate, el criterio que tendrá más
peso será la fecha y hora de inscripción de la iniciativa. Se asignarán recursos hasta completar
5.000.000.000 cinco mil millones disponibles para la vigencia 2026.
Se recomienda a los y las participantes de esta convocatoria revisar el
Anexo ficha de evaluación
para conocer en detalle los criterios con los que será evaluada su iniciativa o proyecto.
Para recibir información, hacer preguntas o pedir ayuda escriba al correo:
fomento@reincorporacion.gov.co
Solo se reciben postulaciones a través del siguiente formulario:
Ir al formulario de inscripción
Solo puede inscribirse cuando ya tenga todos sus documentos listos.
No envíe documentos al correo; súbalos directamente en el formulario.
Una vez envíe su postulación, recibirá un correo de confirmación.
Resultados y documentación