TOMADAS DEL DECRETO 4138 DE 2011 (artículo 8) Y DECRETO 2253 DE 2015 (artículo 2)
Despacho del Director General. El Despacho del Director General cumplirá las siguientes funciones:
- Dirigir, vigilar y controlar la formulación e implementación de los planes y programas del proceso de reintegración.
- Dirigir los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación y control de la entidad, para el cumplimiento de su misión.
- Rendir informes al Presidente de la República, al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al Consejo Asesor sobre las actividades desarrolladas por la entidad.
- Asesorar y acompañar al Gobierno Nacional en la formulación de las políticas, planes, programas, proyectos normativos y operativos relacionados con las materias de su competencia.
- Fijar mediante resolución de carácter general los requisitos, características, condiciones y obligaciones necesarios para el acceso a los beneficios socioeconómicos reconocidos a la población desmovilizada, así como los montos de conformidad con los límites allí establecidos, en el marco de la política nacional de reintegración.
- Dirigir la gestión de la entidad en relación con la red institucional con competencias relacionadas con la política de reintegración y promover la colaboración y articulación entre las entidades que la integran.
- Dirigir las relaciones externas de la entidad para posicionar el proceso de reintegración y promover la colaboración en el desarrollo de la política de reintegración.
- Dirigir la formulación del plan estratégico de comunicaciones de la Entidad.
- Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas que impulsen alianzas con organismos nacionales e internacionales para el desarrollo del proceso de reintegración, atendiendo las políticas fijadas en la materia por las autoridades competentes.
- Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas que impulsen alianzas con autoridades locales para el desarrollo del proceso de reintegración, atendiendo las políticas fijadas en la materia por las autoridades competentes.
- Dirigir y coordinar las funciones de administración del personal, de conformidad con las normas sobre la materia.
- Aprobar el anteproyecto del presupuesto de funcionamiento, así como el plan de compras y el proyecto del programa anual mensualizado de caja, y realizar el seguimiento a su ejecución.
- Ejercer las funciones relacionadas con el control interno de la entidad.
- Ejercer la competencia relacionada con el control disciplinario interno en segunda instancia.
- Decidir en segunda instancia sobre el acceso y permanencia de las personas desmovilizadas en el proceso de reintegración, conforme al marco legal vigente.
- Dirigir la implementación y sostenimiento del Sistema de Gestión Institucional.
- Representar legalmente a la entidad.
- Las demás que le sean asignadas por la ley.