Saltar al contenido principal
Inicio de sesión

Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) > La Reincorporación > Fondo para el Acceso y Permanencia en Educación Superior para Hijas e Hijos de los Participantes Acreditados y Activos en la Ruta de Reincorporación, así como los Hijos e Hijas de Participantes Vinculados a la Estrategia de Acompañamiento a Familiares de

​​​​​

banner_icetex_arn_micrositio.png

Fondo para el Acceso y Permanencia en Educación Superior para  Hijas e Hijos de los Participantes Acreditados y Activos en la Ruta de Reincorporación, así como los Hijos e Hijas de Participantes Vinculados a la Estrategia de Acompañamiento a Familiares de Participantes Fallecidos


Generalidades

  • Se apoyarán formaciones académicas de los niveles de pregrado (técnico profesional, tecnológico y profesional universitario) por un valor de 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, hasta por 10 semestres, mediante la modalidad de crédito condonable para hijas e hijos de personas en proceso de reincorporación y estrategia de familiares de fallecidos.

  • Los beneficiarios del fondo serán hijos e hijas entre 16 y 21 años de edad.

  • Se financiará un (1) programa académico por beneficiaria/o en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario.

  • El crédito condonable no financiará cursos intersemestrales, cursos de idiomas, seminarios, congresos, salidas de campo, ni herramientas o materiales de trabajo. Así mismo, no financiará pasantías, derechos de grado, prácticas, judicaturas, seminarios, diplomados, opciones de grado, carné, bienestar universitario, cursos de nivelación, cursos vacacionales o de cualquier naturaleza similar que estén por fuera del periodo académico.

  • La inscripción se realizará únicamente a través del enlace https://solicitudes.icetex.gov.co/solicitudes/ingres.sm

Requisitos de inscripción

  • ​​Ser bachiller.

  • Ser colombiana (o).

  • Contar con el registro civil que certifique la relación filial del hijo e hija con la persona en proceso de reincorporación quien debe encontrarse en estado “Activo” en el proceso de la Ruta de Reincorporación. En el caso de hijas e hijos de personas fallecidas, se debe contar con el registro civil mencionado.

  • Estar inscritos como hijas e hijos en el núcleo familiar de la persona en reincorporación en el Sistema de Información para la Reintegración y la Reincorporación – SIRR – de la ARN.

  • No tener título de nivel universitario.

  • No ser beneficiarios de becas actuales brindadas por el gobierno nacional (política de gratuidad, “ser pilo paga”, otros fondos para población, entre otros). El documento de identidad con el cual el/la aspirante se identifica al momento de hacer su inscripción en la convocatoria debe coincidir con el que se encuentra registrado en el SIRR.

  • Estar admitido/a o en proceso de admisión en una Institución de Educación Superior, reconocida por el Ministerio de Educación Nacional o estar cursando algún semestre de pregrado en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia.

  • Haber presentado la prueba Saber 11 o la prueba de estado equivalente.

  • Tener su propio correo electrónico.

  • Inscribirse a través de la página web del ICETEX, en las fechas y bajo las condiciones establecidas para tal fin por parte de la ARN.

  • Los beneficiarios del fondo serán hijos e hijas de firmantes de paz, entre 16 y 21 años de edad.



Cronograma


Se da inicio a la convocatoria 2025-1 para realizar las postulaciones con los siguientes tiempos:


Cronograma convocatoria


Concepto

Fechas a ejecutar

Apertura de inscripción a la convocatoria

​22 de noviembre de 2024

Cierre de inscripción y cargue documental po​​stulante

​20 de diciembre de 2024

Cierre subsanación cargue documental

​23 de diciembre de 2024

Evaluación de aspirantes con cumplimiento de requisitos

23 de diciembre de 2024​​​

Junta Administradora para Adjudicación

27 de diciembre de 2024​​​​​

Publicación de resultados

06 de enero de 2024​ ​​

Legalización de crédito

07 al 31 de enero de 2024​​​

Generación y firma de garantías

07 al 31 de enero de 2024​​​


Obligaciones de los beneficiarios

  1. Informar oportunamente por escrito y con los soportes necesarios a través del ICETEX por los canales de atención autorizados (chat, canal virtual, Call Center y oficinas de servicio al cliente) a la Junta Administradora sobre cualquier ingreso adicional por becas, comisión de estudios u otra clase de apoyo económico, durante el tiempo en que disfrute del crédito condonable.

  2. Cumplir satisfactoriamente las condiciones con base en las cuales se le otorga el crédito condonable.

  3. Realizar semestralmente el proceso de actualización de datos y renovación del crédito en las fechas establecidas para tal fin.

  4. Conservar la calidad de estudiante en la Institución de Educación Superior autorizada.

  5. Informar a las partes por escrito y dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su ocurrencia, el retiro o la suspensión temporal o definitiva de los estudios, explicando los motivos que la ocasionaron.

  6. Cumplir con los requisitos de condonación del crédito y dentro de los plazos establecidos.

  7. Cancelar al ICETEX de conformidad con el plan de pago establecido, el crédito financiado (capital e intereses), cuando se determine que no cumplió con los requisitos de condonación dentro del plazo establecido o a la finalización del último periodo financiado por el ICETEX para los beneficiarios que no terminaron el programa académico, de conformidad con el presente Reglamento del Fondo.

  8. Reintegrar al ICETEX dentro de los plazos que establezca, el valor mayor girado respecto al valor autorizado por la Junta Administradora.

  9. Para efectos de la condonación del crédito el beneficiario deberá entregar los soportes que acrediten dicha condonación a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización.

  10. Una vez legalizado el crédito, realizar el programa de estudios convenido en los plazos y condiciones previstas.

  11. Presentar a la Junta Administradora o a cualquiera de las entidades que conforman la misma, cuando esta(s) lo solicite(n), y sin perjuicio de las obligaciones señaladas en los literales anteriores, la información pertinente al desarrollo del programa que se encuentra realizando y las novedades académicas o administrativas si las hubiere.

  12. Informar oportunamente a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, por medio de los canales establecidos para la estrategia de acompañamiento, los cambios de dirección, teléfono, correo electrónico y cualquier dato personal que permita la comunicación constante e inmediata. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de realizar semestralmente el proceso de actualización de datos a través de la plataforma de ICETEX, suministrando información exacta y veraz.


Documentos complementarios


Descargue aquí los documentos complementarios en formato PDF: